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9 feb 2014

El delito de enfermar.

Una Persona no se puede condenar a reclusión en un hospital (en extensión, sistema sanitario) como condena por cometer el delito de enfermar, o lesionarse. El fin de la reclusión es habilitarle para que no retorne a su comportamiento delictivo, como es el de la "auto-lesión"

Nunca se le pone límite a la pena. La Persona no sabe cuanto tiempo tiene de condena.

Al paciente se le pone en libertad del hospital y se le ingresa en el sepulcro que representa el frío ambiente, u oscuro ambiente en el que se le ingresa por orden, o mandato de un médico que lo desconoce.

El comportamiento orwelliano sanitario no tiene límites.

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