Buscar en este blog

22 jun 2014

Sobre el significado del discurso.




Sobre el significado y el poder del discurso y de quien discursa. 

De facto a quaeatio iuris: aliud signum... quid iuris?
Emma Montanos Ferrín

La comunidad medieval se extiende hasta donde llega el sonido de las campanas, pudiendo en efecto afirmarse la existencia de una "estrecha relación entre el sonido de la campana y el circuito urbano"]; de tal manera que ha marcado de forma determinada toda una manera de vida, siendo un espejo fiel de la comprensión comunal. La campana, en efecto, es el centro de la comunidad vecinal, debiendo de aceptar en consecuencia que la 'comunidad' en sí se consolidó en su esencia solo en la cristiandad latina y en las poblaciones judías durante la etapa medieval. Llega a suponer una forma de 'convocatoria pública' de asambleas populares y de gremios en donde se toman decisiones importantes que afectan a la comunidad. También hay que destacar cómo a partir del siglo XII la señal de la campana es sustituida en diferentes lugares de la Europa centro-meridional por trompetas y pregoneros que comunicaban las diversas decisiones de los gremios urbanos en los distintos puntos de la ciudad; pese a ello, el sonido de las campanas, campane communitatis (sonido de dos campanas), seguía constituyendo la llamada de atención en asuntos de trascendencia comunitaria. Y así va a permanecer en su significado hasta que comienza el período convencionalmente conocido como Edad Moderna (en la segunda mitad del siglo XIV se inicia la fundición de campanas para la elaboración de cañones), cumpliendo su efecto específico de expansión territorial que abarca todos los ámbitos especialmente significativos de la vida comunitaria.

En los siglos medievales de la historia mediterránea y europea la existencia y sonido de la campana alcanzó tanta importancia que puede afirmarse que "no hay comunidad sin campana". Tuvo enorme trascendencia tanto en ambiente religioso como vecino-social y también jurídico: es la misma campana la que está al servicio del consejo municipal y de la iglesia, dando paso y anuncio tanto a las funciones religiosas como a los grandes eventos que tienen como escenario la comunidad a la que pertenece; tanto a determinadas sanciones eclesiásticas como a las procedentes de ambientes seglares. Señala y advierte acerca de las cosas y situaciones que son de común interés a los que pueblan y habitan en su ciudad. Tiene de esta manera durante los siglos medievales funciones de contenido religioso-escolástico: [...]

Nota.- Mi padre es conocido como "el Campanu" o, el "fiu de Laura la de José Campana", pues así era nombrado el esposo de mi abuela Laura. 

En recuerdo y agradecimiento a los tres, hago esta nota de mi diario, libro de los hijos o, Liber filii, como me agrada nombrar ante los míos, aquellos a los que acuden al tabalear mi campana, o lughones.

No hay comentarios:

Publicar un comentario