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24 ene 2015

Cómo se hacen estudios profesionales de auditoría y análisis.



Mi vida profesional comenzó como lo que ahora se refiere "auditor y analista de sistemas". Hice estudios en la Banca, Administración Local y Servicios como Educación, Asistencia Sanitaria y Salubridad. La única condición contractual que "imponía" era la de no hacerlo para la Administración de Asturias directamente o indirectamente. La mayoría han sido estudios encargados por Empresas Auditoras y, el ámbito territorial ha sido el de la Europa geográfica.

Mientras he tenido y tenga actividad asistencial ética y salubrista, lo he seguido haciendo y lo seguiré haciendo.

He tenido un sólo incumplimiento de contrato lo que hizo que me retirase de la Empresa con la que había contratado. Entendía y entiendo que no hay nada que negociar con Vellido Dolfos.

En ningún momento he cedido los estudios a un tercero. La Empresa me contrata, entrego el Estudio y percibo el monto contratado e fecha y forma. Los Estudios están custodiados durante cincuenta años, contados a partir de la fecha que se firma la entrega y aceptación por las partes. A partir del día siguiente a la fecha acordada los Estudios pueden ser cedidos en consulta o enajenados en propiedad por terceros, por los dos contratantes o, por aquellos que legalmente sean sus depositarios.

Las noticias que salen en relación con los Estudios realizados por miembros del Partido Político Podemos las entiendo dadas por un Sistema de Información (Emisor- Procesador-Receptor-RUIDO--Emisor--) Ignorante o Sabedor Mal Intencionado, o Desinformador (no des-informador, sino desinformador).

He de anotar que no es que "disculpe" por haber actuado yo como ellos, sino que estos estudios son los que hacen los Profesionales, o Expertos en la Materia de que se Trate. Y, lo hacen sin tener que formar parte de aquellos que se les refiere en nómina como "asesores" que, habitualmente, no tienen la cualificación de  "profesional" y/o "experto".

El ceder los estudios por parte de un Experto a un tercero, aunque este sea nombrado como  "Justicia", aunque en su contrato figure que pueda hacerlo, la ética induce a pedirle permiso por si las circunstancias cuando se hizo el contrato y las actuales de cesión a tercero, pudieran haber cambiado y no le ser conveniente al contratante del estudio. Y, en todo caso,  hacer saber a quien y porqué se cede el estudio a un tercero. 

Probablemente no sea de uso por el tercero la condición ética que tengan los contratantes.

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