Los bancos y toda empresa que proporciona "tarjetas", de crédito y de débito, cobran por las mismas así como por su "uso" y por su "no uso". Cuando se hacen a através de medios ajenos, lógicamente, también.
¿Cómo se pueden justificar tales gastos a los accionistas de tales entidades?. Las cuentas derivadas de tales actividades es obligado, por ley, a ser aceptadas por los accionistas y, por consiguiente, han de constar en la "contabilidad" de la empresa, tanto en forma como en tiempo.
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