Regular los tres Poderes del Estado Visigodo.
Alarico reguló las relaciones entre los tres poderes del Reino: Obispos, Nobles y la Corona. La necesidad de definir estas relaciones y la actividad de cada uno de los tres Poderes, se hizo patente tras la rebelión del noble vascón Froya.
Por resoluciones anteriores al Concilio VIII, el Rey no tenía el "Poder del perdón".
En este Concilio VIII de Toledo, Recesvinto pide a los obispos le autoricen a ejercer el "poder del perdón" sobre Nobles rebeldes anteriores a su reinado.
En cuanto al tesoro del Rey, definió:
1.- El tesoro heredado de su familia era heredable por esta.
2.- El tesoro adquirido por el Rey pasa al Rey sucesor.
Nota.- Tomó para su propiedad aquel tesoro adquirido "ilegalmente" por los reyes antecesores.
Lo hizo en contra de los obispos que deseaban que dicho tesoro, y en particular el tomado por el rey Chindasvinto, su padre y antecesor, pasaran a ser propiedad de la Corona y, con ello, no pasar a su familia, o ser heredable por su familia.
En las actas del Concilio de Toledo, el VIII, los obispos dejan anotado su desacuerdo con lo dispuesto por el Rey.
Con tales disposiciones reales se impedía el enriquecimiento del Rey a costa del Pueblo.
Nota que dejó aquí para ampliarla posteriormente cuando hablemos de la Guerra de la Independencia contra los franceses y de la relación que la Familia Díaz-Ordóñez y la Familia Bailly tiene con evento tan desgraciado.
Los sepulcros de Recesvinto y su hijo, el rey Wamba, fueron profanados por las tropas invasoras durante la Guerra de la Independencia Española. En 1845 los restos fueron trasladados a la Sala Principal de la Sacristía de la Catedral de Toledo.
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