La jubilación por edad ha de hacerse previo estudio del estado de salud, definir sus minusvalias y, con ellas, sus discapacidades.
Una vez que el propuesto para jubilación ha sido estudiado y tratado, se incorporará a la Jubilación.
El Centro de Salud recibirá el Informe Médico y la Solicitud de ingreso en el mismo.
El Centro de Salud lo recepciona y le asigna el Médico de Familia que el Jubilado a consentido previo informe.
La indefensión asistencial médica que hoy tiene la persona que adquiere la condición de jubilado, no tiene sentido racional alguno.
Cuando una persona se incorpora a un puesto de trabajo se le hace un estudio de salud y capacitación. Sin embargo, cuando cesa en dicho puesto de trabajo no se vuelve a realizar, por lo que no se puede conocer el efecto del puesto de trabajo en su estado de salud, ni las minusvalias producidas y, con ello, la discapacidad personal, familiar y social que su actividad laboral le ha producido.
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