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17 mar 2014

TC y CCAA.

“La tendencia en el Constitucional es mayor a la unidad que a la autonomía”

El magistrado defiende una reforma al entender la Constitución solo marcó el modelo de construcción del Estado de las autonomías

El País, María Fabra16 MAR 2014

El magistrado del Tribunal Constitucional Luis Ortega. / GORKA LEJARCEGI

Luis Ortega Álvarez (Madrid, 1953) tomó posesión como magistrado del Tribunal Constitucional en enero de 2011, designado por el Senado a propuesta del PSOE. Ha vivido un cambio de presidente y de mayoría, que ahora es conservadora. Este catedrático de Derecho Administrativo considera que el tribunal podría mejorar su imagen abriéndose y, quizá por ello, accede a ser entrevistado, algo completamente inusual entre los componentes del Constitucional.
Respuesta. La lectura literal de la ley del Tribunal Constitucional dice que la única prohibición es la de ocupar cargos de dirección política, que se hace extensiva a fundaciones y entes de carácter menor pero entiendo, y así lo expuse, que un Constitucional en el que sus miembros sean militantes en activo sería un tribunal con una credibilidad muy atenuada respecto de que sus decisiones estuvieran basadas en razonamientos jurídicos. Al margen de temas legales sobre si está obligado a recibir instrucciones, que son temas menores, es un tema de imagen. Es un tribunal que ya está bastante en el ojo del huracán como para echar más leña al fuego. El principio de independencia del tribunal me llevó a entender que la prohibición se extiende a la militancia activa.
P. ¿Cree que en el futuro habría que legislar la prohibición de esta compatibilidad?

La ley debería incompatibilizar la afiliación política con ser magistrado





R. Me parecería correcto que en la futura ley del Constitucional la condición de magistrado fuese incompatible con la de ser miembro en activo de un partido.
P. ¿Se está convirtiendo el Constitucional en un tribunal de última instancia política?
R. No es que se esté convirtiendo sino que esa es una de sus funciones. Si repasamos las distintas composiciones del tribunal, en todas ellas se ha planteado esto. Algunos compañeros se enfrentaron a la LOAPA, otros a la ley del aborto, otros a Rumasa, otros al Estatut. Elementos de importancia y calado ha tenido el tribunal en todas sus etapas. Una preocupación permanente es que se tiene que resolver desde una forma de razonar que no es la política sino con argumentos en derecho. Una ley es al mismo tiempo norma jurídica y decisión política. No son verdades inmutables y desde el Constitucional debemos tener la labor de trasladar el porqué de las decisiones y las razones que hay desde el punto de vista del razonamiento jurídico. Por ejemplo, el artículo 2 de la Constitución que reconoce la unidad y la autonomía. El principio de unidad en absoluto impediría el principio de autonomía. En derecho se conocen como conceptos jurídicos indeterminados y su grado de precisión tiene que determinarse en casos concretos. Es un ejemplo clarísimo desde el punto de vista constitucional. A medida que uno va avanzando se hace más complicado. La dificultad de los juristas está en los grises porque a veces la realidad y el derecho te obligan a decir que este gris es blanco o negro, aunque sea gris.

El tema es cuánto poder ha de tener el Estado y cuánto las autonomías





P. ¿Las últimas resoluciones del tribunal, en esa zona de grises, se encaminan a cimentar el centralismo yen contra de la España de las autonomías que dibujó la Constitución?
R. En el Constitucional todos somos personas con carrera profesional dilatada y conocida. Somos, por lo menos en lo que a mí respecta, absolutamente independientes, pero mi concepción del derecho y de las instituciones jurídicas y cómo interpretar la Constitución son conocidas porque llevo casi 40 años en la profesión. Cuando eligen a una persona, eligen también la manera que tiene de interpretar la Constitución. El 70% de las sentencias del pleno salen por unanimidad. La diferencia se manifiesta cuando los asuntos pueden concitar diferentes enfoques y diferentes formas de interpretar la Constitución pero eso es bueno y legítimo. Hay legítimamente distintas formas de entender la Constitución, tanto desde opciones distintas de interpretación e incluso desde opciones ideológicas similares. Anda que no se ha escrito del 150.2 que ahora está de moda… incluso hay autores que se han corregido a sí mismos y me parece correcto.
P. Pero, por lo que está diciendo, aunque sean legítimas v aunque fueran previsibles por esa trayectoria de cada uno, ¿tienden hacia el centralismo?

No estamos a las órdenes de los partidos, eso es ciencia ficción





R. En mis votos particulares sí me he opuesto a determinadas interpretaciones de la Constitución y no solo con este tribunal sino también con el anterior, con una mayoría distinta. Siempre he visto que hay mayor tendencia, quizá psicológica, a la unidad que a la autonomía. Podemos pensar que es un elemento también psicológico, cultural, de que la unidad refuerza y la autonomía rompe. El papel de muchos políticos y profesores que se han dedicado a estudiar la Constitución ha sido explicar cómo a partir de la segunda guerra mundial cambia el modelo. Frente al modelo francés de la unidad, el modelo político que sale triunfante es el federalismo norteamericano, que no es fácil de exportar. No se puede decir que un país que está estructurado en un modelo federal no sea un país fuerte que incluso puede ganar dos guerras mundiales, como EEUU. España ha dado un gran avance en este sentido, en la asunción de los ciudadanos de que su autonomía ha sido muy importante como factor de desarrollo económico y social. Lo que pasa es que, a veces, cuando los debates se exacerban es más difícil encontrar puntos medio de equilibrio. Nuestro modelo es de descentralización política y el problema es el reparto de cuanto poder político ha de estar en manos del Estado y cuánto en manos de las comunidades. La Constitución alemana y la italiana han sido modificadas para acomodarse a su realidad.
P. ¿Es necesaria entonces una reforma de la Constitución?
R. Formo parte de un grupo de personas, amplio, que tiene una manera de interpretar la Constitución y no creo que haya ninguno que no diga que fue un modelo de construcción del Estado de las autonomías y, además, hipotético. Ya sabemos cómo hemos desarrollado el título octavo. Sabemos muchas cosas del modelo descentralizado que tenemos y lo que habría que hacer es modificarla para introducir las reglas de funcionamiento que sí ha tenido que ir arbitrando el Tribunal Constitucional. No pasaría nada porque fuesen repensadas por los legítimos detentadores de la soberanía nacional, que son los representantes del pueblo. A veces el tribunal tiene que tomar decisiones que no son todo lo buenas posibles porque no cuenta con elementos dentro de la Constitución que permitan esas soluciones. El Constitucional no puede sustituir ni inventarse la Constitución, puede interpretarla.
P. Hay quien cree que se está dictando una constitución paralela a la escrita.

Me parecería normal que un presidente
autonómico viniera a contar sus ideas








R. No estoy de acuerdo. Hay constituciones cortas y constituciones largas. No estoy diciendo que hagamos un título octavo de 400 artículos. Hay parte de ese título que es pura historia y lo que hay que hacer es cambiar principios o conceptos que ya no son aplicables al modelo territorial, pero siempre habrá un elemento interpretativo de la Constitución. Todo el constitucionalismo americano lo ha hecho el Supremo, de una constitución micro. Hay otros modelos, como el suizo que a mí no me gusta, que tienden a poner prácticamente todo en la Constitución, pero decir que el tribunal ha creado una Constitución paralela, lo rechazo. El Constitucional interpreta la Constitución que hay. Ha tenido que interpretar sus contradicciones como llamar exclusivas unas competencias que en otra parte no aparecen como exclusivas… Ha tenido que ir interpretando pero no haciendo una Constitución paralela.
R. Estando pendiente el recurso en el tribunal no pudo adelantar mi posición. Lo que es evidente es que es una situación discutida que imagino tendrá su reflejo en el tribunal por la diversidad de interpretaciones posibles.
P. Si el Constitucional falla contra la ley del aborto, ¿España nunca podrá tener una ley de plazos?
R. España podrá tener todas las leyes que su parlamento quiera aprobar. Y si el Constitucional falla contra la ley del aborto, no necesariamente tendría que fallar en contra de los plazos. Está sometida a un recurso y, tal como dijo el presidente en una nota explicativa, ni siquiera los magistrados conocemos la ponencia. Cuando se entre a discutir se vería. Ni necesariamente el constitucional se tiene que pronunciar contra la ley de plazos ni necesariamente impediría otra versión acomodada a lo que dijese el Constitucional con otras alternativas que no fuesen ni plazos ni supuestos. Siempre ante la libertad del legislador.
P. ¿Considera que se podría haber hecho algo distinto a la excarcelación con los presos etarras liberados tras el fallo Parot?
R. Lo que hizo el Supremo fue aplicar la ley que es lo que tenía que hacer. Nunca entendí el debate jurídico sobre la sentencia Parot. Otra cosa es la legitimidad de los afectados desde el punto de vista emocional, que hay que respetar.
P. Pascual Sala se despidió con un alegato a la independencia del Constitucional y asegurando que este no era un tribunal politizado. ¿Compartía su opinión? ¿Cree que es así ahora?
R. No creo que haya elementos de politización del tribunal tal como se entiende en los medios de comunicación o en el sentido coloquial. Si hablamos de jueces que están a las órdenes de partidos políticos y que llaman para decirnos lo que tenemos que hacer, deberían querellarse contra nosotros y mandarnos a la cárcel por prevaricadores, es un planeamiento injusto, es ciencia ficción. Otra cosa es que los magistrados tengan sus opiniones políticas personales pero no las trasladan a las sentencias porque se enfrentarían a otros magistrados que no se lo consentirían.
P. ¿Tiene el llamado sector conservador un criterio más unificado que el progresista?
R. No siempre es así. Sería una cuestión de apreciación estadística.
P. Pérez de los Cobos fue elegido presidente por unanimidad para mejorar la imagen institucional del tribunal. ¿Se arrepiente de haberlo apoyado?
R. No le voy a contestar a eso porque no voy a dar opiniones personales, ni a favor ni en contra, sobre compañeros.
P. El presidente del Supremo convocó al pleno del Constitucional a una reunión completamente inusual. ¿Qué le parece?
R. El tipo de reuniones institucionales, de intercambio, me parecen buenas. Igual me parecería bien que nos reuniésemos con el presidente del Gobierno o con el Rey. La independencia no significa desconocimiento, igual que si un presidente autonómico quisiese manifestar verbalmente al tribunal ideas u opiniones, me parecería normal dentro de lo que es el funcionamiento de las instituciones. No significa que porque nos hablen nos vayamos a sentir adoctrinados y amenazados. Es limpieza. Se debería hacer.

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