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17 feb 2013

En La Memoria de un Noble

La privatización de la Asistencia Sanitaria es un procedimiento ANTI- CONSTITUCIONAL. 

Por otro lado, es un ROBO por parte, no del Estado, sino del Ejecutivo y, por ello delictivo que la Fiscalía General del Estado ha de intervenirlo, a través de la Policía y la inmediata puesta ante el Juez del Ejecutivo y el Jefe del Estado. Por CONSENTIMIENTO, o participación pasiva en la ejecuciónndel delito, se ha de proceder de igual modo con todo el Legislativo, las dos Cámaras.

La Asistencia Sanitaria se presupuesta con los Presupuestos Generales y con la Aportación Obligada de todos los trabajadores. Aportación que se hace por contrato de asegurarse la asistencia Sanitaria en su totalidad cuando su condición de minusvalía así lo requiriese.

Es esta última la que concede el carácter de delito de estafa y robo por parte del Ejecutivo.

Sería posible una condena con la consideración de haber cometido el delito por IGNORANCIA y no con INTENCIÓN de hacerlo, aunque sí puede tener el AGRAVANTE DE ASOCIACIÓN DE DELINCUENTES CON EL PROPÓSITO DE DELINQUIR SI SE CONSIDERA ENGAÑO EL NO CUMPLIMIENTO DE LA OFERTA ELECTORAL.

La reducción en un porcentaje refiriendo que la EFICACIA de la ASISTENCIA se mantendrá, supone admitir que el fin de la privatización de la asistencia no es el de mejorar la EFICIENCIA al modificar alguno de los factores que conforman estos. Es admitir que el propósito es DESPOJAR,O ROBAR UNOS MEDIOS PÚBLICOS Y TRANSFERIRLOS A UNOS MEDIOS PRIVADOS.

Yo propongo una privatización si la eficacia del tratamiento de una infección por los medios públicos es peor o de menor eficiencia que si se hace con medios privados.

He puesto un ejemplo. Con medios públicos, como los del Hispital General de Asturias, se consiguió una muy notable mejoría de las Infecciones hospitalarias mediante la creación de un Servicio de Enfermedades Infecciosas que se hizo responsable de la detección, diagnóstico y tratamiento de las mismas, independiente, aunque en colaboración cognoscente de los servicios médicos con tratamiento específico del paciente infectado, o con riesgo de estarlo y del Servicio de Bacteriología.

La administración de las enfermedades infecciosas se le concedió en derecho al NOBLE Dr. D. Amalio Telenti , nombrándosele Conde. Junto a él crecieron los NOBLES Dr. D. Alfonso Moreno, Dr. D. Mauricio Telenti y Dr. D. Rafael Cimadevilla, todos Condes nombrados tras la violenta muerte del Conde Amalio Telenti. Posteriormente y, como hubiera hecho Ramiro traicionando al Conde San Díaz, a estos nobles caballeros se les sacó los ojos y los encerraron en las mazmorras del Ostracismo. Hoy, estamos sufriendo, los miembros del Consejo de Nobles del Hospital General de Asturias y los Pacientes del mismo, las consecuencias de tal villanía  hecha a nivel del puente de Policlínicas en recuerdo del puente de Cornellana. Lo padecemos aquellos que no teniendo en cuenta la Memoria estamos abocados a repetirla.

No quiero que llegue el momento de perder mi memoria, sin reivindicar que la Junta General del Principado, demande al Rey la concesión del título de Conde del Hospital General de Asturias para el noble Dr. D. Amalio Telenti con derecho de sucesión y en base a ser reconocida en su persona el noble esfuerzo de todas las personas que hemos hecho posible una asistencia médica eficaz y eficiente que hizo posible germinar eln espíritu de trabajo sanitario en equipo.

Recuerdo que noble es el sabio hábil con capacidad creativa. El Dr. D. Amalio Telenti lo ha sido y ha sido capaz de aunar voluntades nobles. Que no descanse en paz su MEMORIA, más allá de la memoria de los que hemos compartido su VIDA.

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