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24 nov 2012

Acorar



Hacía un recuerdo de fechas, delitos económicos, injurias, difamaciones, etc... 

Cuando escuchaba lo que un ciudadano egipcio decía sobre su estado de ánimo en relación con la evolución social de su Nación, deducía que

Las manifestaciones de Egipto son equivalentes, no iguales, manteniendo las distancias socio/políticas, a las de España.
Es evidente que la transición a la democracia (racional) de la Sociedad de Egipto, no pasaba por un "estado teocrático" (creacionista).

De igual modo, el tránsito de la democracia racional electiva con una estructura Legislativa Parlamentaria y un Ejecutivo de la misma, no es la democracia creacionista (teocrática) electiva, sin una estructura Legislativa Parlamentaria efectiva y con un Ejecutivo con funciones legislativas no parlamentarias, o Ejecutivo Dictatorial (no romano, como ya anoté para aclar el concepto a Ana).

Estuve pensando que matemáticamente no se pueden dar la sarta de coincidencias de hechos como los que, como ejemplo cito:

Caso Atentado Atocha: 11-03-04.
Elecciones Generales: 14-03-04.
Caso Banca Catalana: 11-82.
Caso Palau
Caso Gürtel (busco información actualizada y no encuentro en este año 2012. Curioso, me parece).
Expulsión del Juez Garzón
Caso Blanco
Elecciones Generales 20-11-11.
Caso Más/Palau
Ecciones Cataluña 25-11-12.

A continuación hago nota aclaratoria de conceptos.



La persona que acusa a otra de haber cometido un delito a sabiendas que la acusación es falsa, comete el delito de Calumnia.

La Persona que Calumnia tiene que acreditar que la acusación es verdadera. Si no lo hace tiene responsabilidad penal.

El delito de calumnia tiene multa de 4 a 10 meses.

Si la calumnia se difunde, la condena es de prisión de 6 meses a 2 años, o multa de 6 a 24 meses.

El Medio de Difusión tiene responsabilidad civil. 

Si la persona que calumnia recibió, o se le prometiót recompensa alguna, además del castigo señalado se le inhabilitará por un tiempo de entré 6 meses y 2 años.

Injuria es aquella expresión o juicio de valor que lesiona la dignidad de la Persona perjudicando su reputación o atentando contra su propia estima.

Son injurias consideradas delito aquellas socialmente consideradas de carácter grave. Será grave cuando la injuria se hace sabiendo que los hechos, o juicios de valor son inciertos.

Las injurias se castigan con multas de 3 a 6 meses. Y, si se hacen con publicidad, con multas de 6 a 14 meses.

 Si el que injuria recibe, o se le promete compensación, se podrá inhabilitar por un tiempo de entré 6 meses y 2 años.

En caso de que el injuriado tenga cargo público, y las imputaciones son sus actuaciones públicas, el injuria te quedará exonerado del delito si demuestra que las imputaciones son verdaderas.

El ofendido tiene que querellarse por vía criminal contra el ofensor, ya que estos delitos no se persiguen de oficio. Si el ofensor es un cargo público, basta con presentar denuncia.

El ofendido puede ejercer el perdón de forma expresa.

El ofensor puede ejercer el arrepentimiento, con el cual el juez aplicará el menor grado de pena y laplicarle  suspensión especial de inhabilitación.

El arrepentimiento puede solicitar el ofendido que se publique en el mismo medio que se difundió la injuria.

El Ofensor tiene responsabilidad civil a través de una compensación económica al ofendido.

Y, por último, el Ofendido tiene derecho a que se publique la sentencia. El juez decide la firma, medio y tiempo de la publicación.

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